Legalizaciones de Apertura de Libros

El notario esta facultado a certificar la apertura de libro u hojas sueltas de actas, de contabilidad y otros que la ley señale. la legalización consiste en una constancia colocada en la primera foja útil del libro o primera hoja suelta, con el sellado notarial
de todos sus folios.

Requisitos

Libros Contables:
  1. Documento de Identidad del Presentante.
  2. Copia de RUC.
  3. Solicitud firmada por el Representante Legal.
  4. Copia Literal SUNARP de la sociedad
Libros de Actas:
  1. Acreditar la representación del Apoderado.
  2. Documento de Identidad del Presentante.
  3. Copia del RUC.
  4. Solicitud firmada por el Representante Legal.
  5. A partir del Segundo Libro presentar Libro Anterior concluido.

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