El notario esta facultado a certificar la apertura de libro u hojas sueltas de actas, de contabilidad y otros que la ley señale. la legalización consiste en una constancia colocada en la primera foja útil del libro o primera hoja suelta, con el sellado notarial de todos sus folios.
Requisitos
Libros Contables:
Documento de Identidad del Presentante.
Copia de RUC.
Solicitud firmada por el Representante Legal.
Copia Literal SUNARP de la sociedad
Libros de Actas:
Acreditar la representación del Apoderado.
Documento de Identidad del Presentante.
Copia del RUC.
Solicitud firmada por el Representante Legal.
A partir del Segundo Libro presentar Libro Anterior concluido.