ESCRITURAS PÚBLICAS

Son documentos elaborados y autorizados por el notario que contienen uno o más actos
jurídicos (contratos, poderes, transacciones, etc.), que tienen calidad de matrices, es decir
que quedan en poder del notario quien lo incorpora a su archivo (protocolo).

PODERES

  • Minuta Autorizada por Abogado y suscrita por el Poderdante (opcional)
  •  Copia del Documento Nacional de Identidad del otorgante del poder
  •  Manifestar las Facultades que se otorgan
  • Si el Poderdante no puede firmar, interviene un testigo a ruego
  • Si el Poderdante es mayor de 75 años , presentar certificado medico

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